24/08/2009 20:32:43
El alcalde de la Guardia afirma que acatará y respetará la decisión del juzgado, aunque "no la comparte"
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El alcalde de la Guardia (Jaén), Juan Morillo (PP), afirmó hoy que acatará y respetará la decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Jaén, que le ha condenado a incluir en la próxima sesión plenaria varios puntos de un pleno anterior sobre los que negó información a la oposición para su debate, aunque "no comparte la decisión".

En declaraciones a Europa Press, Morillo indicó que en cuanto la sentencia llegue al Ayuntamiento "se cumplirá rápidamente", si bien explicó que los dos puntos fueron incluidos en el orden del día, aunque no facilitó dichos datos porque "entendía que estaba protegido por la ley de protección de datos".

Según explicó, el primero de los puntos se refería al listado de todos los empleados municipales que en Navidad, "como ocurre en muchas empresas", reciben una cesta de regalo, y, afirmó, "no habrá ningún problema en facilitar los nombres de estas personas".

Asimismo, el segundo punto es algo "más conflictivo", dado a que se refiere a una partida de emergencia social, "que fue creada por el PP y cuya cifra ya asciende a 9.000 euros", --cuando comenzó eran 3.000 euros--, para hacer frente a los problemas de los vecinos que lo requieran. Se trata por tanto de un informe que se elabora en la Concejalía de Asuntos Sociales y que es supervisado por una asistenta social.

Morilla manifestó que estaba dispuesto a dar a conocer los presupuestos y los gastos de esta partida, pero no los nombres de las 90 personas que en el último año recurrieron a esta ayuda, puesto que "nadie tiene por que saber que esas personas un día se acostaron sin cenar", pero "si el juez contempla que sí hay que dar esos datos, se harán públicos".

Por su parte, el portavoz de Urbanizaciones Unidas de La Guardia (UUG), Luis Salazar, quien interpuso un recurso el pasado 27 de enero contra el alcalde al considerar vulnerado su derecho a participar en el control municipal, precisó que se le negó la documentación necesaria para analizar y en su caso votar los puntos doce y trece del pleno extraordinario celebrado el 15 de enero de este año.

En los fundamentos jurídicos, el magistrado se refiere al artículo 23 de la Constitución, que reconoce a todos los ciudadanos el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos y su mantenimiento en ellos "sin perturbaciones ilegítimas" y los desempeñen "de conformidad con lo que la ley disponga".

Así las cosas, declara nulos los acuerdos adoptados sobre los puntos doce y trece del citado pleno y condena al alcalde a que los incluya en próximo sesión que se celebre, "debiendo facilitar previamente toda la documentación obrante en los servicios administrativos del Ayuntamiento relativa a los mismos".

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